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Límite de velocidad en autovías

Una discusión recurrente por la que ya he ganado algunas apuestas es sobre cuál es el límite de velocidad en las autovías. Todos aprendimos en la autoescuela que el límite es 120 Km/h pero también nos suena que hay una norma que dice que el límite de velocidad se puede sobrepasar hasta en 20 Km/h para efectuar un adelantamiento, entonces ¿cuál es la velocidad máxima a la que puede llevar el coche por la autovía sin riesgo de que me multen?.

Lo que dice el Reglamento General de Circulación es:

Artículo 48. Velocidades máximas en vías fuera de poblado.

Artículo 51. Velocidades máximas en adelantamientos.

Así pues:

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Comentarios

A ver, yo tenía esa misma duda —¡en 1991!— y me la aclaró el profesor de la autoescuela: lo que pasa es que en las autopistas y autovías NO SE ADELANTA, lo que haces es “rebasar” a un coche que circula por otro carril.
Creo que la normativa no ha cambiado desde entonces, y por lo tanto, el límite es 120 (más el 10% de cortesía de los radares, así que la multa empieza en los 133 km/h).

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Precisamente hoy he comentado eso, el tema de la velocidad y que precisamente no es el exceso de 120 km/h sino la excesiva velocidad en momentos concretos, eso es lo realmente peligroso. Legalmente, el máximo son 120 y eso está claro, pero incluso a menos te puedes matar.

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y entonces

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¿entonces? pues lo que pone después del “así pues”
¿cuál es la pregunta?

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‘Tengo una duda: si un turismo va a la maxima velocidad generica de la via, 100 k/h. el turismo inmediato anterior, que pretende adelantar al primero ¿puede superar en 20 k/h. la velocidad de la via y ponerse a 120 k/h. con naturalidad? (se supone que está dentro de los margenes maximos de velodidad permitidos)

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Sí puede, pero si hablamos de una vía convencional con límite de velocidad en 100 Km/h (por supuesto que esté permitido adelantar, las condiciones, etc), donde no se puede rebasar el límite ni para adelantar es en autovías donde el límite de velocidad ya es 120 Km/h

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Te agradezco tu información, pero yo tenía entendido que si un turismo ya está a la velocidad maxima generica de la via (100 k/h en este supuesto) no podia ser adelantado por ningun otro. Solo se puede rebasar esa velocidad maxima de 100 k/h en el caso de que el que va a ser adelantado esté por debajo de esa velocidad. Es decir que esté a 95 o 98 k/h. con lo cual el que adelanta se pondría 20 km sobre 95 o 98, pero no si ya está en el limite de 100 k/h.
¿Es así o no? Gracias

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umm, me pones en duda, yo tengo claro que en autovía no se pueden rebasar los 120 y, en carretera, como dices, si el vehículo anterior va a menos de la velocidad máxima seguro que sí se puede, pero si va justo en el límite…releyendo el artículo 51 que puse en el post deduzco que tampoco se le puede adelantar.”cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas (velocidades máximas de la vía)”

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Permíteme que te haga otra pregunta en cuanto a los adelantamientos.
En cualquier tipo de via (autopista, autovia, carretera convencional etc.) ¿podría aumentar un camión o un autobus su velocidad maxima permitida para esa via para efectua un adelantamiento?. Quiero decir que, suponiendo que la velocidad maxima permitida para un autobus, por ejemplo, en una autopista, fuese de 100 k/h. si podría llegar puntualmente a 120 k/h. para hacer un adelantamiento a otro vehiculo, y una vez efectuado el adelantamiento retornar a su maxima establecida de 100 k/h. o por el contrario, bajo ningun concepto puede superar los 100 k/h. en ningun momento, ni siquiera para adelantar.
Lo mismo te pregunto para cualquier otro tipo de carretera. Muchas gracias.

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Yo creo que sí, pero no me he mirado esa normativa, si en sus condiciones de circulación no dice lo contrario si podrán superar esa velocidad para adelantar

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Pues no tiene sentido que en una autopista los coches puedan ir a 120km/h y en una carretera puedan llegar (puntualmente) a los 140km/h teniendo en cuenta que la autopista está mejor preparada para circular a alta velocidad.

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120 es la velocidad máxima en cualquier tipo de vía, hablo de autovías porque es en las que suele haber más dudas, pero en una carretera convencional tampoco se puede (además para adelantar sólo puedes superar el límite en 20Km/h y no hay carreteras en las que el límite de velocidad sea 120)

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Mi duda és, para realizar un adelantamiendo en una carretera convencional, en la que sólo hay un carril para cada sentido de circulación, a que velocidad contando el adelantamiento como máximo podré circular por dicha vía?
-110 km/h
-100 km/h
-90 km/h

una pregunta parecida me salió en el exámen real de el permiso B y yo puse 100 km/h pero creo que estoy equivocado.

grácias.

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Si el límite de la vía es 90 (que es el normal si no se dice lo contrario), el límite durante el adelantamiento podría ser 110.

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11: Conduce su turismo por una carretera convencional con un carril para cada sentido, sin arcén, y desea adelantar al turismo que circula a 90 kilómetros por hora delante de Ud., ¿a qué velocidad máxima puede adelantarlo?

a) A 110 kilómetros por hora.

b) No está permitido el adelantamiento porque el turismo que circula delante lo hace a la velocidad máxima permitida para este tipo de vías.

c) A 120 kilómetros por hora.

Pues segun el Test de la Direccion General de Trafico no se puede aumentar en 20 km/h la velocidad para adelantar si el vehiculo que va a ser adelantado ya va a la velocidad maxima permitida. Eso supone que para poder hacerlo, el vehiculo que pretendemos adelantar deberia ir a 89 km/h o menos.
Esto me tiene mosqueado, porque aun asi no termino de verlo claro. Saludos

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Se me olvido poner que la respuesta correcta del Test es el B

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sí es así, sólo puedes adelantar si el vehículo que te precede no va a la velocidad máxima, y además tiene lógica, si él ya va a la máxima velocidad ¿para qué adelantarle si luego vas a ir igual que ibas antes?

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Pues es verdad, tiene logica tu conclusion final.

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HOLA MI NOMBRE ES ANGEL LLEVO 23 AÑOS CONDUCIENDO Y CREO QUE MAS O MENOS UNA CONDUCTA EJEMPLAR AL VOLANTE, CON MUCHOS KM Y NUNCA ME HABIAN SANCIONADO AHOAR EN 5 MESES ME AN DENUCIADO TRES VECES POR ESCESO D EVELOCIDAD .LA MULTA SIEMPRE ES IGUAL 140 KM HORA FUE UNA ,OTRA 139 Y LA ULTIMA 139 TODAS EN AUTOVIA. COMO TODO SABEIS A 120 ME ADELANTA HASTA LOS TRACTORES. MI PREGUNTA. ES LA SIGUIENTE A TODOS NOS DENUCIA EL RADAR??AHI QUE RECAUDAR DINEROS? Y PORQUE ME DENUCIAN DESDE QUE TENGO UN COCHE GRANDE ES UN TOUAREG V10,LO QUE NO QUIERE DECIR QUE VUELEN CON EL. GRACIAS

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Yo acostumbro a ir por la autovía a 110 ó 120 aunque a muchos os sorprende lo cierto es que todavía adelanto a muchos coches. Haced la prueba un día, fijáis la velocidad a 120 y contáis cuantos coches habéis adelantado, os sorprendería la cantidad de gente que respetamos el límite de velocidad máxima a rajatabla

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Si uno va a más de 120 está incumpliendo la ley, puede ser una putada, pero es así. Es más, todavía tenemos ese “margen de cortesía” que nos permite ir a 130 porque hasta los 132 ó 133 no salta el radar. Y todavía más, buena parte de los radares están anunciados.
En todo caso reconozco que comprendo a Ángel porque yo suelo exceder los 120 y cuando uno tiene “interiorizada” la costumbre de ir sobre los 140 (límite permitido en la práctica hasta hace bien poco), es difícil bajar, sobre todo en autovías bien pavimentadas, con escaso tráfico y grandes rectas, parece que vas pisando huevos, el viaje se hace más pesado y además es más fácil que te entre sueño. Es de comprender que si me tengo que venir de Valencia a Santander un día por la tarde procure pisar un poco, sin pasarme, porque si no me eternizo.

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Yo soy del club de los 140…realmente, a mi modo de ver, deberia ser el limite de velocidad.
Hoy en dia es extraño pillar una autovia o autopista en mal estado y esa velocidad no la veo excesiva.

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os envío el texto literal de la ley. ¿que son vias rápidas?

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4. Las velocidades máximas fijadas para las vías rápidas y carreteras convencionales que
no discurran por suelo urbano, sólo podrán ser rebasadas en 20 kilómetros por hora, por turismos
y motocicletas, cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas.

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No sé si aún quedan vías rápidas, hace unos años sí que las había, son las que tenían la señalización verde (en lugar del azul de autovía/autopista). En vías rápidas, al menos las que yo he conocido, sí eran adelantamientos (no rebasamientos) porque incluso invadías el carril contrario para hacerlo, que es la justificación de nuestros famosos 20 km/h

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HOLA
EN 23 AÑOS DE CARNET NUNCA ME AN DENUCIADO, AHORA EN 5 MESES 3 MULTAS POR IR EN AUTOVIA A 139 KM HORA Y DOS A 141.SOLO PAGAS 70 EUROS. PREGUNTA POR ESA REGLA CUANTOS EUROS SE RECAUDAN EN ESPAÑA POR MULTAS????? O EN ESPECIAL ALGUNOS COCHES SON MAS PROPONSOS ALAS DENUCIAS, AHORA MI COCHE ES UN TOUAREG V10 CON 318 CABALLOS. SERA POR ESO???GRACIAS

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tengo una duda: en autopistas y autovias la velocidad maxima es 100+20 para adelantar?

y la un novel es 80+20 para adelantar?

gracias

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dondado, respondió el 24 enero 2009 @ 14:55 :

En autopista y autovía el límite es 120, circulando y adelantando, no se puede superar. El límte de 80 para los noveles es el tope máximo, no pueden sobrepasarlo ni para adelantar.

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Según el articulo 52 da la impresión que si hay una señal indicando la velocidad máxima de la via ésta no se puede superar en ninguna circunstancia (incluidos adelantamientos).

Que opinais vosotros.

Artículo 52. Velocidades prevalentes.
1. Sobre las velocidades máximas indicadas en los
artículos anteriores prevalecerán las que se fijen:
a) A través de las correspondientes señales.
b) A determinados conductores en razón a sus circunstancias
personales.
c) A los conductores noveles.
d) A determinados vehículos o conjuntos de vehículos
por sus especiales características o por la naturaleza
de su carga.

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Todo lo que se dice aquí es la teoría, muy adecuada para aprobar el teórico, pero desde luego yo no aconsejaría a nadie ceñirse a esos límites de velocidad cuando se va adelantando. En esas circunstancias, lo más prudente es revolucionar bien el motor metiendo una marcha más baja, salir disparado, cambiar a una marcha más alta y abandonar el carril contrario lo antes posible.

Yo suelo poner el regulador a 129 km/h en las autopistas.

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En carretera convencional de velocidad maxima de 100 km/h, en un punto con limite de velocidad a 80 km/h, se puede adelantar superando el limite de velocidad en un 20 km/h?

¿y si existe un carril de vehiculos lentos, se puede adelantar en 20 km/h el limite de velocidad?

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dondado, respondió el 3 septiembre 2009 @ 19:27 :

@Josean, la justificación de esos 20km/h es estar el menor tiempo posible invadiendo el carril contrario, por esto, en el caso de que haya un carril de vehículos lentos y nosotros circulemos por el central no podremos superar ese límite de velocidad.
La otra pregunta, si es una zona en conreto con límite de velocidad inferior, sí se podría hacer pero en general, en esas zonas, hay línea continua así que no sé si podrá dar el caso

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pues x lo que yo tengo entendido, uno puede rebasar a otro vehiculo siempre y cuando este lo haga a velocidad inferior a la establesida. se supone que tu en una autovia puedes ir a 120 o 60 como minimo pero si vas a rebasar un vehiculo iras a menos de la maxima para poder recorrer los 20km.

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Dondado,
En el foro Javi Llamazares comenta

El limite en autovias es 120 (más el 10% de cortesía de los radares, así que la multa empieza en los 133 km/h)

¿Es eso cierto? Me ha llegado una denuncia del Servei Catala de Transit y el lunes 28/12/09 la ire a recoger.Me hara falta tiempo para hacer el recurso. Me han denunciado en Tarragona, en la A-7 por exceso de velocidad.

¿pudes darme una respuesta par el recurso?

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dondado, respondió el 23 diciembre 2009 @ 22:03 :

A efectos legales el límite es 120km/h, si te ponen una multa los km/h por los que te pases se cuentan desde ahí. Otra cosa es que, a la hora de ponerte o no una multa, suelen permitir ese 10% pero lo hacen, más que nada, para evitarse problemas y debates sobre la fiabilidad de los aparatos de medida (ese 10% en realidad lo podrían reducir mucho si quisiesen a medida que los aparatos han ganado en precisión).

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En resumen, no hay recurso que valga.
Ellos te sancionan y tu a callar y pagar: Si lo haces en los 15 dias posteriores a la notificacion aplicarán un descuento, creo que el 30%, pero si recurres perderás siempre pues tienen las de ganar, legal y alegalmente (no digo ilegalmente pues significaria ir en contra de la LEY). RACE y RACC hablan de incrementos por sanciones de la DGT superiores al 100% del 2007 al 2008. ¿Acaso somos peor conductores o lo seremos el año proximo?. Claro que no, pero podria afirmrse quew todos los entes publicos con capacidad para sancionar han duplicado el presupuesto de ingresos por multas y endurecido la aplicacion de las normas. ¿Porque no miras el importe que prevee ingresar por sancioens tu ayuntamiento y el de la capital de provincia?
Yo lo he hecho con el mio y se duplican 2008-2009

La pela es la pela y mas en Cataluña y para los catalanes. He visto que no tienen la misma normativa que el resto de España. Gestionan con mas salidas que entradas de dinero. Imponen su voluntad y todo ello lo llevan a cabo con chantaje. Pais de trileros.

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